Pues formalmente hoy, con la declaratoria de mayoría terminan las elecciones ahora sigue el periodo de impugnaciones. Lo anterior es evidente ya que si no hay declaratoria de mayoría a favor de algún candidato no habría materia contra la que podía darse la impugnación, digo lo anterior porque tengo la sensación de que muchas personas no entienden esto y creen que esta declaración de mayoría no puede o no debe darse.
Las boletas de resultados han sido recontadas y por lo declarado por el IFE los resultados del PREP han sido confirmados por el recuento de las actas y de algunos paquetes que se recontaron manteniéndose una diferencia de más de tres millones de votos, resolución que en sus diferentes niveles puede ser impugnada, por las causas fijadas por la legislación de la materia y sólo por estas, lo que quiere decir que no cualquier causa, por grave que parezca a los inconformes con el resultado puede producir la anulación, sólo por esas causas especificas. Así lo establece la ley que pactaron los partidos en el congreso y no podemos olvidar que esta ley se hizo para reparar las fallas que López Obrador y sus seguidores creían que tenía la anterior ley que regía en las elecciones de 2006, esto es que se trató de una ley de coyuntura y las leyes coyunturales son muy difíciles de aplicar cuando las situaciones para las que fueron creadas y las circunstancias actuales son diferentes a las acontecidas entonces y por tanto no pueden solucionar los problemas de esta, pero chueca o derecha ésta es la ley que la autoridad tiene obligación de aplicar, nuestro sistema es aunque no nos guste, de interpretación de leyes, no de búsqueda de consideraciones subjetivas.
Déjenme ejemplificar, en el fútbol hay penalti cuando alguna de las reglas fijadas en la norma es violada dentro del área penal, si esa falta o una más grave es cometida fuera del área, incluso que sea de mayor gravedad debe ser sancionada de otra forma pero no con un penalti porque fue fuera del área y esto es un requisito para que ésta se de.
La inequidad en la contienda era una causal que existía en la anterior legislación, cuando esta ley se hizo se consideró adecuado quitarla al fijar las nuevas reglas, que debo decirlo en mi opinión es una legislación farragosa que entienden muy pocos, de los que me excluyo, pero esa es la ley que debe cumplirse; si la ley no nos gusta debe hacerse otra y así, suponiendo que la compra genérica de votos, que fue utilizada según muchos por todos los partidos, creemos debe sancionarse, pues hay que incluirla en la ley ya que por ahora, suponiendo se hubiera dado, no está especificada como causa de anulación. Está sancionada la compra individual de votos que considero sería casi imposible de probar en las cantidades necesarias para anularla.
Por tanto deberemos esperar el resultado de las impugnaciones que debo decirlo en la inmensa mayoría de ocasiones son infructuosas porque no basta señalar los hechos que se consideran violatorios sino que deben probar con evidencia por lo que creo que el que impugna no gana pero sirve para que se le quite el coraje.