La palabra reunión evoca no sólo la facultad de juntarse o congregarse, sino que también implica hacerlo para dar a conocer ideas y opiniones, o para escucharlas o intercambiarlas y según el caso, para acordar alguna acción en común. Por su parte, el término magistrado deriva del latín magistratus, que significa funcionario público, en la antigua Roma, era aquel que ejercía una función pública con mando y jurisdicción. En la actualidad, la definición de magistrado no es muy diferente al utilizado por los romanos, pues lo podemos conceptualizar como aquel funcionario o servidor público que ejerce un cargo superior en el orden civil, y más comúnmente en el judicial, encargado de juzgar y administrar justicia, con facultades de hacer cumplir sus determinaciones dentro de un ámbito territorial.
En ese orden de ideas, tenemos a los magistrados electorales, que son aquellos funcionarios facultados para administrar justicia en asuntos de índole electoral, dentro de dos ámbitos a saber, estatal (tribunales electorales estatales) y federal (tribunal electoral federal), por tanto, en esta época de elecciones, resultó necesario que estos funcionarios intercambiaran ideas y establecieran propuestas para las impugnaciones que se presentaron antes de las elecciones y las que se presenten con posterioridad a las mismas.
Así, para resolver las impugnaciones del proceso electoral 2012, nos reunimos en días pasados los 22 magistrados que integramos el Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (compuesto por 5 Salas Regionales y 1 Sala Superior), para definir los criterios jurídicos pertinentes aplicables al presente proceso electoral en base a más de veinte años de experiencias y a las cinco épocas de criterios jurisprudenciales constituidos por los mejores juristas de México que hoy integran el Poder Judicial de la Federación y ocupan las principales cátedras y labores de investigación jurídica del país.
Dentro de dicho encuentro, el Magistrado José Alejandro Luna Ramos, presidente del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación comentó que ha sostenido pláticas para generar acuerdos y convenios con el Instituto Federal Electoral (órgano encargado de organizar las elecciones) con el objetivo de establecer mecanismos más constitucionales, certeros, seguros, imparciales, objetivos, legales y transparentes, para que los resultados del proceso electoral sean conocidos a la brevedad posible por toda la población a efecto de que si algún candidato o partido o quien tenga interés jurídico cuente con la información básica y confiable para que realice los trámites, peticiones y demandas que considere conveniente.
Además de lo anterior, el Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación es la instancia que al resolver todas las impugnaciones que se presenten en contra de los cómputos de las elecciones locales (en juicio de revisión constitucional electoral contra sentencias de los tribunales electorales estatales), diputados federales, senadores y del Presidente (a través del juicio de inconformidad, o en su caso, mediante los recursos de reconsideración); debe realizar los ajustes a los resultados electorales que pueden ser determinantes en las asignaciones de todos los cargos electorales impugnados.
Cabe precisar, que la Cámara de Diputados se compone de 300 diputados electos según el principio de mayoría relativa (elección directa mediante el voto de los ciudadanos) y 200 por el principio de representación proporcional (se eligen mediante el sistema de listas regionales).
Respecto a la Cámara de Senadores está integrada por 128 senadores, de los cuales, 64 son elegidos por el principio de mayoría relativa (elección directa mediante el voto de los ciudadanos), 32 son asignados a la primera minoría y los 32 restantes, son elegidos mediante el sistema de representación proporcional (sistema de listas votadas en una sola circunscripción plurinominal nacional).
Los juicios de inconformidad referentes a las elecciones de diputados federales y senadores, deberán ser resueltos por las Salas Regionales el próximo 3 de agosto de este año; en tanto, que la Sala Superior, deberá dar respuesta a los recursos de reconsideración que se presenten contra los cómputos distritales de la elección de diputados y de entidad federativa de senadores el 19 siguiente, mientras que los recursos que versen sobre la asignación del Consejo General del Instituto Federal Electoral de diputados federales y senadores de la República el 28 de agosto y las impugnaciones referentes al Presidente de México a más tardar el próximo 31 del mismo mes.
En ese sentido, nuestro máximo tribunal en materia como siempre lo ha hecho, está preparado para resolver con eficacia jurídica las controversias que se susciten con motivo de las pasadas elecciones, regido en todo momento, por los principios rectores de: certeza, legalidad, independencia, imparcialidad, objetividad y constitucionalidad; dado que quien manda, es el pueblo de México, a través del sufragio, valor máximo que debemos preservar todos: autoridades, medios de influyen en la opinión pública, partidos e institutos políticos, candidatos, sectores sociales y ciudadanía en general.